Asociación para el Desarrollo Rural Integral
de las tierras del Jiloca y Gallocanta

Programa Leader 2007-2013

Directrices generales del programa de desarrollo

Los criterios sobre los que se desarrollan las Directrices Generales del Programa son las dados por las diferentes normativas que afectan al Programa Leader, ya sea Comunitaria, Nacional o Autonómica.

En especial se regirán por el Reglamento del FEADER y los posteriores Reglamentos de aplicación del mismo, el Marco Nacional, La Ley general de Subvenciones, el Programa de Desarrollo Rural de Aragón y por el Manual de Procedimiento de Gestión del Programa Leader.

A partir de estas Directrices Generales, ADRI ha elaborado sus Procedimientos de Gestión en donde se especifican los: proyectos prioritarios según la estrategia del Programa, porcentajes de ayuda para cada tipo de proyecto, certificaciones parciales y finales, avales, documentación necesaria para aportar el promotor, proyectos elegibles, gastos auxiliables o no auxiliables, etc.

La concesión de ayudas a los titulares de proyectos se sujetará a las siguientes fechas:

  • Fecha inicial de admisión de solicitudes: 27 de Marzo de 2007
  • Fecha final de admisión de solicitudes: 1 de diciembre de 2013.
  • Fecha inicial de suscripción de contratos de ayuda: 31 de Diciembre de 2013
  • Fecha inicial de pago de las inversiones o gastos subvencionables por parte de los promotores a sus proveedores: a partir de la fecha de solicitud.

Respetando siempre los Criterios marcados en el Reglamento del Feader y normativa comunitaria que afecta a la gestión del Programa Leader, en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón y en el Régimen de ayudas del Programa Leader, y las prioridades marcadas en el Programa de Desarrollo de ADRI,  se establecen los siguientes porcentajes:

PROYECTOS PRODUCTIVOS

  • Intervalo de ayuda: desde 15 % hasta 35 %,
  • Inversión mínima exigible: 3.500.- € (IVA NO INCLUIDO)
  • Mínima ayuda para otorgar: 500.- €
  • Máxima ayuda para otorgar: 200.000.- €
  • Máxima ayuda pública acumulable: 35%, excepto en la Medida 1.2.3. “Aumento del Valor añadido de los productos agrícolas y forestales” que será el 40 %

PROYECTOS NO PRODUCTIVOS

  • Intervalo de Ayuda: desde 25 % hasta 50 %
  • Inversión mínima exigible: 2.000.- € (IVA INCLUIDO)
  • Mínima ayuda a otorgar: 500.- €
  • Máxima ayuda a otorgar: 200.000.- €
  • Máxima ayuda pública acumulable: Para entidades sin ánimo de lucro, el 90 % máxima ayuda pública, siempre un 10 % debe ser aportación privada. Para entidades públicas, la ayuda máxima posible sería el 82 %, el 18 % correspondería a inversión privada.
  • Para los Proyectos que se enmarquen en los Convenios que firme el Grupo de Acción Local con las Comarcas del Jiloca y Campo de Daroca, la ayuda del Programa Leader podrá llegar hasta el 82 %, el 18% restante correspondería a inversión privada.

FORMACION

  • Porcentaje máximo de ayuda: hasta el 75%
  • Inversión mínima: 750.- € (Impuestos incluidos)
  • Inversión máxima auxiliable: 6.000.-€ (Impuestos incluidos)
  • Subvención mínima: 500.- €
  • Subvención máxima: 4.500.- €

Para todos los proyectos en los que ADRI es el promotor dentro de los Ejes 1,3, y 4 el porcentaje de ayuda puede ascender hasta el 100 %. También, para acciones formativas del Grupo, y siempre que esté justificado, se podrán admitir inversiones superiores a 6.000.- €, pero nunca superando los 15.000 euros que marca el PDR de Aragón.

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